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10 de noviembre de 2008

La Torna (Memoria HistÉrica - LIII)

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Publicamos un resumen de un documento subscrito por Convergència Democràtica de Catalunya, Partit Socialista de Catalunya, Esquerra Republicana de Catalunya, Partit Socialista Unificat de Catalunya y la Federació Catalana del PSOE:

I. La libertad de expresión es un derecho fundamental del individuo y deber ser plenamente garantizada en toda sociedad democrática, como se deduce de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La libertad de expresión no sólo es imprescindible para la libre circulación de opiniones e informaciones, sino que es necesaria para la creación artística y para el pleno desarrollo de la cultura. Por este motivo, tanto los profesionales de la información como los artistas y los intelectuales, son particularmente sensibles al reconocimiento y a la protección de su ejercicio. Por otro lado, tratándose de un pueblo, interesa también toda la colectividad. Ciertamente, la libertad de expresión tiene sus límites en el respeto del honor de las personas y en todo aquello que pueda perjudicar los derechos de los demás, pero en cualquier caso, sólo los tribunales ordinarios pueden juzgar si ha habido o no infracción de la ley.

... (Treball, Organ Central del Partit Socialista Unificat de Catalunya, 10/02/1978)